IU presenta una moción «de apoyo a las familias afectadas por los desahucios de sus viviendas»

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En su moción, el Grupo Municipal IU-V afirma que «el Ayuntamiento de Montijo no puede permanecer ajeno a este drama que afecta a muchos de sus vecinos y vecinas y debe actuar sobre las personas y familias amenazadas de desahucios», por lo que pide que se aprueben las siguientes propuestas:

1. El Ayuntamiento, procederá a modificar con carácter de urgencia la ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana añadiendo al artículo correspondiente, el siguiente párrafo con la letra:
“En las transmisiones realizadas por los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación del artículo 2 del Real Decreto- Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, con ocasión de la dación en pago de su vivienda prevista en el apartado 3 del Anexo de dicha norma, tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la entidad que adquiera el inmueble, sin que el sustituto pueda exigir del contribuyente el importe de las obligaciones tributarias satisfechas”.
(De conformidad con el Real Decreto 6/2012, de 9 de Mayo, artículo 9 de “Modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo”.)

2. El Ayuntamiento se compromete a retirar todos los fondos existentes y cancelar todas las cuentas de las que sea titular el Ayuntamiento o cualquier ente municipal de aquellas entidades financieras que insten o promueva la adopción para su ejecución de acuerdos de desahucios.

3. Instar al Gobierno de Extremadura a que, en el marco de sus competencias, garantice la función social de la vivienda y establezca un censo de viviendas deshabitadas, para en su caso, sancionar las viviendas que estén en manos de personas jurídicas y fomentar el alquiler de aquellas viviendas que estén en manos de personas físicas, con la idea de fomentar el acceso a la vivienda desde el alquiler.

4. Instar al Gobierno de España a adoptar la paralización de los desahucios tal y como se contemplaba en la Iniciativa Legislativa Popular presentada en su día al Congreso de los Diputados; a que las viviendas del SAREB pasen a ser gestionadas por las administraciones públicas autonómicas para el alquiler; a que no apruebe el desahucio expréss del alquiler, y a que se haga una quita en la deuda de las familias hipotecadas tal y como se ha hecho con los balances bancarios tras el estallido de a burbuja inmobiliaria.

5. El Ayuntamiento, en el ámbito de su organización y estructura y en el marco de sus competencias en las materias de vivienda, consumo y servicios sociales, colaborará con la Administración Autonómica en el desarrollo de los programas destinados a solucionar los problemas de familias desahuciadas, comprometiendo los recursos humanos y los medios materiales que determine para la resolución de los conflictos que tengan los residentes de su término municipal en relación con su residencia habitual y permanente. Para ello se creará una Oficina de Apoyo, Asesoramiento y Defensa Jurídica al servicio de las familias que se encuentren en proceso de desahucio de sus viviendas, en colaboración estrecha con la Oficina de Defensa del Consumidor.

6. El Ayuntamiento procederá a la revisión de los protocolos de actuación de servicios sociales en casos de desahucio, y colaboración en pedir al juez la suspensión del desahucio cuando éste sea por motivos económicos y se refiera a la vivienda única y habitual. Serán destinatarios de la colaboración administrativa los ciudadanos y ciudadanas que necesiten el asesoramiento, la intermediación y, en su caso, la protección adecuadas para prevenir la pérdida de su residencia habitual y permanente.

7. El Ayuntamiento se compromete, a través de sus servicios sociales y previa solicitud motivada de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo, a realizar los informes necesarios para comprobar, con carácter de urgencia y en un plazo máximo no superior a 20 días, la situación social y económica de las personas destinatarias de, en su caso, la colaboración interadministrativa, al objeto de determinar si la misma está en riesgo de exclusión social.

8. Que el Ayuntamiento no ponga a disposición de las entidades financieras ni de otras administraciones personal propio de la Corporación para atender labores de auxilio en la ejecución de desahucios y lanzamientos. En particular a la Policía Local.

9. Interpelar a las entidades financieras que operan en la ciudad para exigirles la paralización de los desahucios y la condonación de las deudas ilegítimas fruto del actual proceso de ejecución hipotecaria.

10. Conseguir de la Consejería que no haya ningún desahucio en vivienda protegida pública a familias de buena fe.

11. Crear una bolsa de vivienda protegida pública y otra privada para alquiler social a personas y familias en riesgo de exclusión social. Las viviendas de personas físicas que se pongan a disposición del Ayuntamiento para estos alquileres se les eximirá de toda clase de impuestos municipales durante 3 años. Ante la gravísima situación de cortes de agua por imposibilidad del pago, proponemos: -Establecimiento de una Tarifa Social del Agua. En su defecto, la exención de la tasa a aquellas familias en paro que no dispongan de recursos suficientes (conformes a una tabla de ingresos: por debajo del IPREM como en Badajoz). -Incrementar a dos años el período de fraccionamiento para el pago de deudas.

12. El Ayuntamiento, y en su caso, en colaboración con la Consejería de Fomento, se compromete a propiciar el realojo provisional en una vivienda de sus titularidades, en régimen de arrendamiento y siempre que tengan viviendas desocupadas, de las personas que hayan sido privadas del uso y disfrute de la vivienda habitual y permanente por razón del desahucio o lanzamiento por ejecución hipotecaria en virtud de resolución judicial, se encuentren en situación de riesgo de exclusión social y así se determine, si procede, por la Consejería de Fomento.

13. El Ayuntamiento facilitará a la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, la información que le sea solicitada dimanante del Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, al objeto de poder ofrecer el mejor servicio a las personas que tienen dificultades para afrontar el pago de la cuota hipotecaria mensual de su residencia habitual y permanente, con sujeción a lo dispuesto por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos y la normativa sectorial aplicable.

14. El Ayuntamiento pedirá al Gobierno de Extremadura la construcción de más viviendas de promoción públicas.

15. El Ayuntamiento se compromete a apoyar institucionalmente a cuantos foros, plataformas y convocatorias en defensa del derecho a la vivienda se organicen para la consecución de evitar y/o paliar el dramático problema de desahucios (Paralización de desahucios, dación en pago, alquiler social, reforma Ley Hipotecaria, reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil…)

16. Se constituirá una Comisión de Seguimiento al objeto de dar respuesta a las cuestiones que se susciten con el desarrollo de los acuerdos recogidos en esta Moción. Estará compuesta por un representante de cada grupo municipal con representación en el Ayuntamiento además de las Plataformas que luchan por esta cuestión en la localidad.

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