Según el Artículo 21 del capítulo 4º de los estatutos de la asociación, la Junta Directiva estará formada por once miembros, elegidos en Asamblea general, en votación libre, personal y secreta.
Los candidatos a componentes de la Junta Directiva, habrán de presentar su opción a la mesa constituida, antes del inicio de la Asamblea. En caso de no darse candidatura voluntaria en el número requerido, la Junta Directiva saliente estará facultada para proponer a la Asamblea las candidaturas que fuesen necesarias.
Para que el voto sea válido serán necesarias las siguientes condiciones:
– Cada elector deberá consignar en su papeleta once nombres, elegidos de entre los candidatos que se hayan presentado a este acto electoral.
– No serán válidas las papeletas donde se reflejen doce o más nombres de candidatos.
– Igualmente no serán válidas aquellas en las que se incluyan nombres de personas no presentadas a la candidatura, como así mismo aquellas que presenten enmiendas, tachaduras, o fueran ilegibles a juicio de la mesa.
– La Junta Directiva quedará constituida por los once miembros que hayan obtenido el mayor número de votos de los candidatos presentados.
– Caso de producirse un empate en el número de votos obtenidos y que dificulte la designación de éstos once componentes se decidirá por los de mayor edad.
– Estos once miembros componentes de la Junta Directiva serán quienes elijan de entre ellos al Presidente, Vicepresidente, secretario y Tesorero, siendo vocales los siete restantes.
– La designación de los cargos será anunciada y por escrito a cada uno de los asociados, en un plazo máximo de diez días.
Nota: Las candidaturas (formadas por presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y 7 vocales) se deben presentar en la sede de Ademyc, desde el 1 al 30 de junio de 2011.
Los estatutos se pueden consultar en la web de Ademyc: –> Ir a la web de Ademyc