“Es hora de resarcir a las familias de los republicanos de Montijo de las incautaciones de bienes que les fueron hechas por los golpistas”

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por Juan Carlos Molano


El día 14 de julio ha aprobado el Congreso de los Diputados la nueva Ley de Memoria Democrática.

En su capítulo III, artículo 31, dispone: “1. Se reconoce el derecho al resarcimiento de los bienes incautados y las sanciones económicas producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra y la Dictadura, en los términos que se establezcan legalmente, así como en la normativa de desarrollo.
2. La Administración General del Estado promoverá las iniciativas necesarias para la investigación de las incautaciones producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra y la Dictadura y, en particular, realizará una auditoría de los bienes expoliados en dicho periodo, incluyendo las obras de arte, el papel moneda u otros signos fiduciarios depositados por las autoridades franquistas, así como la imposición de sanciones económicas en aplicación de la normativa de responsabilidades políticas. Esta auditoría incluirá un inventario de bienes y derechos incautados. La auditoría deberá llevarse a cabo en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley. ..”. 

Ahora tendrá que ratificar la ley el Senado. Se ha acordado crear una comisión que valore las carencias de las medidas adoptadas hasta el momento y que concrete las modalidades del resarcimiento.

Veamos como se llevó a la práctica el robo de los bienes de aquellos republicanos progresistas o de izquierdas, cuyo delito fue pensar distinto de las fuerzas que apoyaron el Golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y defender la legalidad republicana.

El general Queipo de Llano, Jefe del Ejército del Sur, publicó un bando el día 11 de septiembre de 1936 sobre incautación de bienes; en Sevilla, el mando de los sublevados montó la Comisión Militar de Requisa Nº 1 para incautarse de los bienes de los fusilados y huidos; a partir de ahí se abrían expedientes de confiscación.

En la página web Portal de Archivos de Andalucía, de la Junta de esa Comunidad Autónoma, cogemos estas frases:

“…un Bando del 11 de septiembre de 1936 (publicado en ABC Sevilla, el día 13, p. 10), firmado por el General Jefe de la 2ª División Orgánica y del Ejército de Operaciones de Andalucía ya establece (Art. 2) el inicio de un expediente de incautación o confiscación de bienes a aquellas “personas cuya actuación haya contribuido o dado lugar a los daños y perjuicios actualmente sufridos por el país”…

…Bando del General jefe de la 2ª División Orgánica del 11 de septiembre de 1936, ratificado por el Artículo 2º de 5 de noviembre de 1937, publicado en el BOPH el 17 de septiembre de 1936…

El procedimiento de incautación se regularizará al constituirse, mediante Decreto-Ley de 10 de enero de 1937, una Comisión Central Administradora de Bienes Incautados; de la que dependerán las de ámbito provincial, presididas por el respectivo Gobernador Civil…

Los expedientes eran tramitados por las autoridades militares locales, de donde pasaban a las autoridades provinciales, para terminar por fin en manos del general jefe de la Segunda División, quien los pasaría para cumplimiento de sentencia a los presidentes de las Audiencias Territoriales y a las Comisiones Provinciales directoras y administradoras de Bienes Incautados

…También durante la guerra se creó la llamada “Administración de Bienes de Ausentes”…

En Badajoz se montó una Junta Provincial de Incautación de Bienes.

Siguiendo este entramado para apoderarse de los bienes, muebles e inmuebles, de los republicanos, en Montijo también se llevó a cabo con muchos. Veamos algunos ejemplos:

El 16 de enero de 1937, el presidente de la Gestora Municipal de Montijo nombrada por los golpistas mandaba al Presidente de Reforma Agraria de Badajoz la “relación de parcelas de Juan Brugera Vega, Miguel Merino Rodríguez, José León, Juan Mate y Luís Sánchez”, algunos habían sido fusilados y otros estaban en la cárcel. Se iba a proceder a  la incautación de sus bienes.

Juan Antonio Codes Rodríguez, propietario y republicano que nació en 1.862 y murió en la cárcel de Badajoz el 20 de mayo de 1939.

En diciembre de 1.940 pedía el Juez Especial de Responsabilidades Políticas de Badajoz, a la alcaldía de Montijo, informe sobre amillaramiento a su nombre (las propiedades que tuviese); el 24 de dicho mes mandaba el alcalde la relación de casas que fueron de Juan Antonio y de su esposa (casa en Plaza de Senador Piñero, tierras en el Cerro Gordo, pozo en la calle Azorín, etc.)

El 15 de octubre de 1.941 escribía un procurador al alcalde sobre “las expropiaciones hechas a D. Sócrates Codes y Codes…”, hijo de Juan Antonio.

Santiago Cea Flores, farmacéutico y secretario de Izquierda Republicana de Montijo. El 16 de Febrero de 1.943 pedía el Juez Municipal de Montijo, al alcalde, relación de bienes amillarados que figurasen a su nombre para adjuntarlo al “sumario  de responsabilidad sobre expediente que se tramita contra él” (casa en Plaza de Senador Piñero, etc.). Tendríamos que investigar los Boletines Oficiales de la Provincia de Badajoz de aquellos años para encontrar todos los procesos de incautación realizados a vecinas y vecinos de Montijo. Los hijos y nietos de esas víctimas tienen una gran tarea por delante. El Ayuntamiento debe ayudarles a que encuentren los datos y a que presenten en su día las reclamaciones

Asociación Foro por la Memoria de Extremadura
El presidente, Juan Carlos Molano