Hoy entran en vigor en Extremadura las actuaciones coordinadas contra la Covid-19

Hoy entran en vigor en Extremadura las actuaciones coordinadas contra la Covid-19
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programa de eventos del Ayuntamiento de Montijo

Actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19

El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han acordado por unanimidad, en el Consejo Interterritorial celebrado de forma extraordinaria, actuaciones coordinadas en Salud Pública para actuar ante el incremento de casos de la COVID-19.

Estas actuaciones enytran en vigos con la publicación en el DOE hoy martes 18 de agosto de 2020.

Locales de ocio

El cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.

Hostelería y restauración

En los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y
restaurantes de playa:

• Garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio en barra.
• Garantizar una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5
metros, con un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de ellas. La mesa
o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al
número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.
• Establecer como horario de cierre de los establecimientos la 1:00 h como máximo,
sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 h.• Centros sociosanitarios:
• Realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros sociosanitarios de
carácter residencial (residencias de mayores y de personas con discapacidad) con 72
horas de antelación como máximo. También se realizará a los empleados/as que regresen de permisos y vacaciones, y a los nuevos trabajadores/as que se incorporen.
• Limitar las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención,
y con una duración máxima de una hora al día. Se garantizará el escalonamiento de las
visitas a los residentes a lo largo del día. Estas medidas se podrán exceptuar en el caso
de personas que se encuentren en proceso del final de la vida.
• Limitar al máximo las salidas de los residentes en centros sociosanitarios.

Eventos y actividades multitudinarias

En los eventos multitudinarios se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte
de la autoridad sanitaria conforme a lo previsto en el documento “Recomendaciones
para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por
COVID-19 en España”, acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de esta evaluación, cada evento de estas características deberá contar con la autorización de la Comunidad Autónoma o
Ciudad Autónoma.

Cribados con PCR en grupos específicos

En caso de brote epidémico, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas
poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas (por ejemplo: residentes en
Martes, 18 de agosto de 2020 29150 NÚMERO 160 centros sociosanitarios, barrios con transmisión comunitaria, centros educativos, bloques de viviendas afectadas, colectivos vulnerables, etc.).

Consumo de alcohol no autorizado en vía pública

Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública.

En este sentido, las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos aplicarán las sanciones correspondientes.

Consumo de tabaco y asimilados

No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda
respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros.

Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

Recomendaciones

• Recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de
convivencia estable.
• Recomendar a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10
personas.
• Realizar periódicamente pruebas PCR a los trabajadores de centros sociosanitarios que
estén en contacto directo con residentes.

Capacidades sanitarias

• Se garantizarán los medios y capacidades de los sistemas sanitarios para el cumplimiento de lo previsto en el Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de
la pandemia por COVID-19.


• Orden Comunicada del Ministro de Sanidad, de 14 de agosto de 2020, mediante la que se aprueba la Declaración de Actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.

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