La limitación de la movilidad nocturna en Extremadura será entre las 00:00 y las 06:00 horas para contener la propagación de la COVID 19

Publicidad

El Consejo de Gobierno aprueba la limitación de la movilidad nocturna entre las 00:00 y las 06:00 horas para contener la propagación de la COVID 19 en Extremadura

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en reunión extraordinaria esta tarde de manera telemática, ha aprobado el decreto de resolución, firmado por el presidente del Ejecutivo regional, para establecer la limitación de la movilidad nocturna en Extremadura, estableciéndola entre las 00:00 horas y las 06:00 horas.

Tras la aprobación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que el Gobierno de España ha declarado el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2, el Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto de resolución mediante el que se establece la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 00:00 y las 06:00 horas.

Su aplicación será para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y durante ese periodo solo será posible la circulación por causas justificadas como la adquisición de medicamentos, cumplimiento de obligaciones laborales, cuidado de mayores o menores de edad y regreso al domicilio.

Esta medida entrará en vigor desde su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y mantendrá sus efectos hasta la finalización del estado de alarma declarado por el citado Real Decreto 926/2020 y sus eventuales prórrogas.

• Ver/ Descarga Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2.

Extremadura registra 117 casos positivos de Covid-19


• Más sobre la crisis del Coronavirus

#NoBajesLaGuardia #Coronavirus #EsteVirusLoParamosUnidos